Categorías: CÉSAR MIGUEL RONDÓN

UN ASUNTO URGENTE LA REFORMA DE LA LEY DE CÓMPUTO ELECTORAL

FA/CMR

“El intento de revocar las elecciones presidenciales de 2020 aprovechó las ambigüedades olvidadas durante mucho tiempo en el proceso de traducir los votos emitidos en las urnas en la declaración de un ganador formal. Fue una prueba de estrés de la arquitectura electoral de Estados Unidos: el mosaico de prácticas históricas, normas informales y leyes ambiguas que rigen cómo Estados Unidos elige a su jefe ejecutivo cada cuatro años. Si bien el resultado de las elecciones finalmente se confirmó a pesar de los esfuerzos del titular derrotado, la crisis reveló fallas graves que ya no pueden ignorarse con seguridad. Comprensiblemente, ha habido un creciente apoyo bipartidista en el Congreso para apuntalar los procedimientos de elección presidencial” Esto afirma en Cato Institute, Andy Craig, en un trabajo bajo el títuloCómo elegir un presidente: una guía para la reforma de la Ley de Conteo Electoral”

Sugiere Craig que en la Reforma “el Congreso debe reconocer el propósito limitado de la ECA, simplemente llenar los vacíos, especificar los detalles necesarios para evitar ambigüedades”. 

Una de esas ambigüedades se expresa en las reglas  que rige la sesión conjunta del  Congreso, que solo dice que se pueden presentar objeciones sobre la base de que un voto electoral no se «otorgó regularmente» o que el nombramiento de los electores no fue “certificado legalmente”, y ambos términos se dejan sin definir.

Es así como las objeciones pueden usarse como armas de manipulación política.

El otro punto es la autonomía de los Estados. Señala Craig que “La Constitución deja en manos de los estados decidir cómo seleccionar a sus miembros del Colegio Electoral y luego administrar el proceso elegido. El Congreso no tiene más poder que el de fijar la hora a la que se supone que los estados llevarán a cabo el método de selección elegido y el día en que los electores se reunirán y votarán. La Ley de Cómputo Electoral no debe traspasar este límite, debe respetar la autonomía del estado en la mayor medida posible, de acuerdo con las concesiones estrictamente restringidas de la Constitución del poder del Congreso sobre las elecciones presidenciales. 

Por otra parte también en la reforma de la Ley de Cómputo Electoral es necesario restringir con claridad el rol del Congreso y la Vicepresidencia.

Afirma Craig que “El defecto más grave de la Ley de Conteo Electoral existente es que algunos la han interpretado como que implica que el Congreso tiene carta blanca para descartar votos electorales por cualquier motivo y, en efecto, determinar el ganador de la elección.

De hecho, el Congreso no puede decidir bajo qué conjunto de condiciones se puede invalidar un voto electoral. El Congreso tiene un rol en la aplicación de las reglas fijadas en la Constitución, pero la esencia de estas reglas no le corresponde al Congreso determinarlas”. 

Fue esta confusión, más que cualquier otra, la que convirtió al Capitolio en un objetivo el 6 de enero de 2021. Impulsada por afirmaciones infundadas de fraude, una multitud atacó al Congreso, exigiendo que hiciera algo que el Congreso no tiene poder constitucional para hacer: invalidar los votos electorales, sobre la base de cómo se llevó a cabo la elección popular subyacente en cada estado.

También es necesario clarificar la función del vicepresidente, a quien se le ordena constitucionalmente (como presidente del Senado) que simplemente abra los sobres que contienen los votos durante la sesión conjunta del Congreso. En la práctica, el Congreso también ha interpretado esto como designar al vicepresidente como presidente de los procedimientos. Pero como el vicepresidente Pence determinó correctamente, a pesar de las demandas en contrario, ese trabajo no pretende tener ningún poder sustantivo para cambiar los resultados. Al vicepresidente, como presidente ceremonial, no se le debe otorgar autoridad para hacer nada más que leer el guión: en efecto, anunciar los resultados de las decisiones tomadas por los estados, el Colegio Electoral y el Congreso.

Como señala Craig “La tarea que tiene ante sí el Congreso para reformar la ECA es urgente y debe emprenderse ahora, antes de que comience la próxima campaña electoral presidencial. La transferencia pacífica del poder, mandatos fijos y elecciones libres y justas son innovaciones en el corazón de las tradiciones constitucionales de Estados Unidos, aspectos indispensables de cómo definimos un gobierno legítimo con el consentimiento de los gobernados. Salvaguardar estos aspectos del estado de derecho es una responsabilidad crucial. Nadie debe hacerse la ilusión de que existe algún camino legal para anular los resultados constitucionales de una elección libre y justa para el cargo más alto de nuestro país” señala Craig.

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