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¿VA LA CORTE SUPREMA DE EE.UU CONTRA LOS DERECHOS INDIVIDUALES?

27 de junio de 2022
in CÉSAR MIGUEL RONDÓN
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FA/CMR

“El aborto representa una cuestión moral profunda. La constitución no prohíbe a los ciudadanos de cada estado regular o prohibir el aborto. Roe y Casey se arrogaban esa autoridad. Ahora derogamos esas decisiones y devolvemos la autoridad a las personas y sus representantes electos”.

Así se lee en el documento que recoge la opinión  de la mayoría conservadora de la Corte Suprema de Justicia, a favor de derogar el fallo conocido como ‘Roe vs. Wade’, que dictaminó que la Constitución del país protege la libertad de la mujer estadounidense embarazada para optar por el aborto sin restricciones gubernamentales, así como otra resolución conocida como ‘Planned Parenthood vs. Casey’, que reafirmaba lo anterior, pero permitió a los estados establecer regulaciones en el proceso.

“La constitución no confiere el derecho al aborto” Se devuelve a las personas y a los estados esa decisión, dice el fallo.

Pero ¿quiénes deciden en los estados? Las autoridades electas por una mayoría. Eso quiere decir que no es una decisión libre de todas las mujeres de ese estado sino impuesta por una mayoría y sus representantes.

Según Planned Parenthood, se trata de un fallo que afecta al menos a cerca de 36 millones de mujeres en edad reproductiva.

La opinión de disenso de los jueces Stephen Breyer, Sonia Sotomayor and Elena Kagan deja ver las fisuras evidentes que dejó abiertas este fallo.Los tres jueces progresistas lo expresan con claridad, atacando lo que llaman el «postulado legal central» de los jueces de la mayoría: que los redactores de la Enmienda 14 no vieron los derechos reproductivos como centrales para la libertad y, por lo tanto, esos derechos no deberían tener protección constitucional hoy.

Esos ratificantes de esa enmienda, señala la disidencia, fueron todos hombres.«Así que tal vez no sea tan sorprendente que los ratificantes no estuvieran perfectamente sintonizados con la importancia de los derechos reproductivos para la libertad de las mujeres…Cuando la mayoría dice que debemos leer nuestra carta fundacional tal como se vio en el momento de la ratificación, consigna a las mujeres a una ciudadanía de segunda clase…Respetar a la mujer como un ser autónomo y garantizar su igualdad total significa concederle sustancialmente la opción de elegir sobre las decisiones más personales y consecuencias de su vida”

Los jueces lamentaron que “desde el mismo momento de la fecundación, una mujer no tiene derecho a hablar. Un estado puede forzarla a continuar con su embarazo, incluso a los costos personales y familiares más elevados”.

Pero hay también otra lectura, esta decisión deteriora el derecho a la privacidad y tiene implicaciones muy grandes… porque este fallo (Roe v Wade) indicaba que el Estado no puede intervenir en las decisiones que pasan dentro del marco de la vida privada de una persona. Muchas otras cuestiones sobre derechos individuales han utilizado esa decisión para hacerse valer.

Los tres disidentes advirtieron que los estados que vetarán el aborto no solo “se detendrán ahí”. Resaltaron que «A lo mejor, a la luz de la decisión de hoy, la ley de un estado criminalizará la conducta de las mujeres, las encarcelará o multará por atreverse a buscar o tener un aborto”.

Según el Instituto Guttmacher, hasta mayo pasado, 22 estados han presentado cerca de 550 restricciones al aborto, incluyendo su eliminación total, de las cuales 37 han entrado en vigor.

El pasado mes de septiembre el estado de Texas prohibió el aborto desde el momento en el que se detecte actividad cardíaca en el feto. También dejó abierta la posibilidad de que los fiscales exijan información a las clínicas para hacer cumplir las nuevas disposiciones. Incluso se criminaliza a todo aquel que participe en el proceso de aborto,hasta el taxista que lleve a la paciente a la clínica a realizarse el proceso, además de que se alienta la delación.

Las prohibiciones del aborto en estados como Luisiana y Tennessee son aún más restrictivas,  no incluirán excepciones para casos de violación o incesto. 

Una mujer violada, violentada en su fuero más íntimo, en contra de su voluntad, es violada entonces dos veces, por su agresor sexual y por el estado que impone su autoridad frente a su destino.

Por su parte, el juez conservador Clarence Thomas, afirmó que hay otras sentencias que deberían revisarse “En futuros casos, deberíamos reconsiderar todos los precedentes de debido proceso de esta corte, incluyendo Griswold, Lawrence y Obergefell”

¿A qué se refería Thomas? Griswold Vs Connecticut. Es el fallo que impide que los estados ilegalicen el acceso a la anticoncepción para las parejas casadas

Lawrence v. Texas es un fallo de 2003 que dicta que una ley de Texas que criminaliza el sexo consensuado entre personas del mismo sexo viola la Decimocuarta Enmienda.

Obergefell v. Hodges es el caso de 2015 que dictaminó que los estados no podían ilegalizar el matrimonio homosexual.

¿Va la Corte Suprema, entonces, contra los derechos individuales y la privacidad de sus ciudadanos?

Tags: César Miguel RondónEditorialEn Conexiónvideo
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